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    La relación entre el blanqueo de capitales y los paraísos fiscales

    ¿Cuál es la relación entre el blanqueo de capitales y los paraísos fiscales?

    Análisis por el Dr. Jesús Becerra.

    Los paraísos fiscales suelen ser territorios caracterizados con muy baja o nula tributación y poca o nula transparencia respecto de la información fiscal. Suelen también garantizar el denominado secreto bancario y por tanto ofrecen un sistema bancario propicio para impedir la detección e investigación de bienes. En este sentido, las entidades bancarias de los paraísos fiscales ofrecen fundamentalmente dos grandes ventajas: 

    1.) La apertura de cuentas bancarias secretas y protegidas mediante un código numérico que permite separar los nombres de los depositarios titulares de las propias cuentas bancarias

    2.) Facilitan la constitución de sociedades mercantiles cuyos socios pueden mantenerse en el anonimato (a través del secreto profesional) y sus administradores por lo general son agentes comerciales que son residentes del propio paraíso fiscal.

    Por esta razón, organizaciones como la OCDE y la propia Unión Europea han elaborado listas de países renuentes a prestar cooperación mediante el intercambio de información y que por tanto podrían entrar en este concepto más coloquial de “paraíso fiscal”. En el caso español, dejarían de tener la consideración de paraísos fiscal aquellos países o territorios que firmen con España un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información o un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria en el que expresamente se establezca que deja de tener dicha consideración, desde el momento en que estos convenios o acuerdos se apliquen.

    La relación por tanto entre estos territorios y el delito de blanqueo de capitales es estrecha. Así por ejemplo, los llamados paraísos fiscales son lugares idóneos para la elusión y la evasión fiscal: el secreto bancario y la escasa o nula cooperación ofrece protección legal a los autores del blanqueo posterior de capitales eludidos al fisco. Como es sabido, este delito se caracteriza por la ocultación o el encubrimiento del origen delictivo de los bienes y por tanto podría llegar a establecerse una relación de causalidad entre los paraísos fiscales y la posterior actividad de blanqueo que necesariamente suele configurarse en un territorio distinto. 

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